Política de interconexión de acuerdo libre (interconexión) de Suddenlink Communications

Antecedentes e introducción

Este documento establece la Política de Suddenlink Communications para una interconexión de acuerdo libre con redes de Internet ("Política"), también denominada "interconexión". Suddenlink Communications actualiza de manera periódica su Política y mantiene la versión actual de su Política en el sitio web público de Suddenlilnk Communications en  http://www.suddenlink.com/terms-policy/peering/.

Esta Política detalla los requisitos que debe cumplir una red de Internet que precisa interconexión (el "Solicitante") para calificar para una interconexión de acuerdo libre. Para los propósitos de esta Política, una red de Internet debe ser un Sistema Autónomo ("SA") simple. Suddenlink Communications también considerará pedidos para interconexión de acuerdo libre a nivel nacional o en otras regiones del mundo, con los mismos principios rectores y con los requisitos de interconexión adecuadamente escalados. Esta Política también especifica los requisitos de funcionamiento para la interconexión de redes, que tanto el Solicitante como Suddenlink Communications deben cumplir.

 

Definiciones básicas

 

Una red IP es una red de comunicaciones que funciona con TCP/IP y otros protocolos de Internet.
Solicitante Internacional es un proveedor de servicio que enruta la mayor parte de su tráfico IP desde clientes ubicados fuera de Norteamérica y que solicita trabajar en conjunto con Suddenlink Communications en los Estados Unidos.
Punto de Interconexión es el lugar donde dos redes IP se conectan por medio de un ancho de banda que tiene como objetivo el intercambio de tráfico de Internet.
Ruta hace referencia a un camino único por el que se dirigen los datos en la Internet pública y/o en la red IP de cualquiera de las partes.
Protocolo de puerta de enlace de frontera 4 o BGP 4 es un protocolo que se usa para intercambiar información de enrutamiento entre los enrutadores dentro de un sistema en Internet.
Interconexión es el intercambio de acuerdo libre de tráfico IP entre proveedores de servicios que operan redes IP.
Región hace referencia al mercado económico más importante del lugar de negocio principal del solicitante de interconexión internacional, p. ej., Asia, Unión Europea, Japón, Estados Unidos o América del Sur.

 

Requisitos de interconexión

 

El Solicitante deberá operar instalaciones con capacidad para terminar las conexiones de línea arrendadas del cliente de IP en un dispositivo con, al menos, dos o más ubicaciones de interconexión privada (al menos una en la Costa Oeste, una en la Costa Este y/o una en el Medio Oeste).
La proporción de la cantidad total de tráfico intercambiado entre el Solicitante y la red de Internet de Suddenlink Communications con la que se intenta interconectar deberá ser más o menos equilibrada y no superar 1.8:1.
El Solicitante deberá tener una red troncal totalmente redundante, en la que la mayoría de sus enlaces troncales interconcentrados tendrán una capacidad de al menos (OC-12) para la interconexión con Suddenlink Communications-ASPAC.
La cantidad total de tráfico intercambiado en cada dirección a través de todos los enlaces de interconexión entre el Solicitante y la red de Internet de Suddenlink Communications con la que desea interconectarse tendrá un mínimo de 100 Mbps (percentil 95) con Sistema Autónomo 19108.
El Solicitante usará RADB o recursos IRR duplicados. El Solicitante se configurará con límites de prefijos libres en función de rutas registradas/anunciadas para evitar filtraciones.

 

Requisitos de funcionamiento 

 

Los siguientes requisitos de funcionamiento se aplican tanto al Solicitante como a la red de Internet de Suddenlink Communications con la que desea establecer una interconexión de acuerdo libre: 

Cada red de Internet debe establecer y mantener enlaces de intercambio de tráfico de suficiente solidez, capacidad total y dispersión geográfica para facilitar un rendimiento mutuamente aceptable entre los enlaces de interconexión.
Cada red de Internet debe tener un Centro de Operaciones de Red ("NOC") completamente funcional las 24 horas, los 7 días de la semana, los 365 días del año. 
El Solicitante debe dar aviso al NOC de Suddenlink Communications sobre cualquier mantenimiento programado con 48 horas de antelación. Se recomienda que los Solicitantes registren sus rutas o notifiquen variaciones importantes con anticipación por medio de anuncios para permitir que se realicen los ajustes según esos límites.
Cada red de Internet debe establecer el próximo salto para sí misma, el enrutador de anuncios de la red. Cada red de Internet propagará dichas rutas a sus clientes de tránsito con su propia ruta como próximo salto.
Cada red de Internet implementará la "ruta de salida más corta" y las rutas de anuncio que sean consistentes con esa política, a menos que ambas redes de Internet decidan de mutuo acuerdo otra cosa en función de circunstancias especiales.
Cada red de Internet restringirá sus anuncios a rutas que no sean de tránsito y que se originen dentro de la región geográfica para la que se establece la interconexión y no propagarán los anuncios de ruta recibidos fuera de dicha región.
Cada red de Internet debe dirigir una red completamente redundante, capaz de manejar un corte de un solo nodo simultáneo en cada red sin afectar de manera significativa el rendimiento del tráfico que se intercambia. 
Las dos redes de Internet deben intercambiarse una cuenta shell o PPP gratis antes de cualquier acuerdo libre de interconexión a fin de realizar pruebas y auditorías relacionadas con el enrutamiento. Esto se usará para confirmar los flujos de tráfico, resolver problemas de interconexión y realizar auditorías. 
Cada red de Internet debe responder a las reclamaciones de recepción de correos electrónicos no solicitados y abuso de la red, además de los problemas de enrutamiento y seguridad, al proporcionar un técnico con experiencia dentro de un período de dos horas tras el aviso. 
A efectos de los requisitos 2.2 y 2.4 de la Política, todo el tráfico será medido a través de enlaces de interconexión.  En caso de que dichos enlaces no existan, las dos redes de Internet deben establecer enlaces de prueba provisionales para realizar las mediciones del tráfico.  Si establecer dichos enlaces no es factible o conveniente, se medirá el tráfico durante el uso máximo, en función de una muestra representativa que sea coherente con la práctica de la industria.
A efectos de los requisitos 2.2 y 2.4 de la Política, el tráfico a medir solo incluirá lo que se está intercambiando por las dos redes de Internet y sus respectivos clientes (sin incluir tráfico de tránsito) en la región geográfica específica para la que se solicitó la interconexión de acuerdo libre. 

 

Notificaciones generales de la política

 

Las dos redes de Internet deben estar dispuestas a firmar un Acuerdo mutuo de confidencialidad y un Acuerdo bilateral de interconexión. 
El Solicitante y Suddenlink Communications deben estar dispuestos a mantener la misma carga financiera para los costos de la interconexión privada a través de instalaciones locales. 
Es necesario que se cumplan con los requisitos de la sección anterior 2 al momento de hacer la solicitud para la interconexión de acuerdo libre con Suddenlink Communications.
Es necesario seguir cumpliendo con todos los requisitos de la Política para continuar con una relación de interconexión de acuerdo libre. El estado según esta Política se evaluará periódicamente. En caso de que se produzca un cambio en la propiedad o el control de una red de Internet con la que Suddenlink Communications tenga un acuerdo de interconexión, se evaluará el estado según la Política en un plazo de 30 días a partir de dicho cambio.
Suddenlink Communications seguirá monitoreando el desarrollo de las condiciones de Internet y el tráfico, y hará los cambios apropiados en esta Política a medida que Internet continúe evolucionando. Suddenlink Communications se reserva el derecho de modificar esta Política en cualquier momento sin notificación previa por escrito y de hacer excepciones a esta Política a su exclusivo criterio.  El Solicitante es el responsable de mantener el cumplimiento de esta Política. Todos los derechos contractuales surgirán a partir de un acuerdo de interconexión entre Suddenlink Communications y el Solicitante, no de esta Política. 
El hecho de cumplir o superar las directrices estipuladas en esta Política no garantiza que se establecerá la interconexión de acuerdo libre con el Solicitante. Suddenlink Communications no celebrará un acuerdo de interconexión con ninguna red que haya sido un cliente de tránsito de IP en los últimos nueve (9) meses.
Todas las solicitudes para una interconexión de acuerdo libre se deberán enviar a Suddenlink Communications a  CompetitorProof@alticeusa.com.

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